SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S4
Fecha: 13-Dic-2018
III.4. Otras consideraciones
Considerando que a tiempo de la invocación de los derechos vulnerados el accionante, señala la lesión del derecho a la petición y a la interpretación de la legalidad ordinaria, sobre el particular cabe precisar que el nombrado a momento de fundamentar su reclamo, no precisó con claridad de qué manera la Resolución cuestionada vulneró tales derechos; toda vez que, realizó una somera enunciación de los mismos sin sustento argumentativo alguno que permitiría trazar una vinculación constitucional entre la actuación impugnada con la denunciada conculcación de estos derechos.
Por las razones expuestas, este Tribunal no puede abrir su ámbito de protección constitucional, ante la ausencia de fundamentos que motiven un pronunciamiento de fondo sobre la denuncia de vulneración de estos derechos, planteada por el peticionante de tutela, debiendo en consecuencia denegar la tutela solicitada al respecto
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 19
- III.1. De la legitimación activa
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia, pertinencia, motivación
- III.2.1. Principio de pertinencia de las resoluciones
- III.2.2. Principio de congruencia
- III.2.3. Motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la revisión de los fallos impugnados
- III.3.2. Consideración previa
- Fragmento 28
- III.3.3. Sobre la falta de fundamentación, motivación y congruencia denunciadas
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte