SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S4
Fecha: 13-Dic-2018
III.3.1. Sobre la revisión de los fallos impugnados
Previo a ingresar al análisis del caso concreto, advertidos de que en la presente acción tutelar, el accionante impugnó tanto la Resolución 144/15, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de Santa Cruz, como el Auto de Vista 154/17, que confirmó el fallo del inferior, dictado en instancia de apelación por parte de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; corresponde aclarar al peticionante de tutela, que este Tribunal no puede emitir pronunciamiento alguno sobre la Resolución dictada por el Juez inferior, puesto que esta instancia no constituye una etapa recursiva adicional de revisión de todo el proceso coactivo seguido contra el impetrante de tutela; pues el análisis sobre los aspectos reclamados de dicho fallo se materializará en la Resolución 154/17, emergente de la interposición del recurso de apelación, quedando por lo tanto, limitada la intervención del Tribunal Constitucional Plurinacional para la revisión del fallo pronunciado por dichas autoridades. Por lo tanto, la labor a desarrollarse a continuación estará enmarcada al análisis de la Resolución pronunciada en última instancia, signada como el referido Auto de Vista.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 19
- III.1. De la legitimación activa
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia, pertinencia, motivación
- III.2.1. Principio de pertinencia de las resoluciones
- III.2.2. Principio de congruencia
- III.2.3. Motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la revisión de los fallos impugnados
- III.3.2. Consideración previa
- Fragmento 28
- III.3.3. Sobre la falta de fundamentación, motivación y congruencia denunciadas
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte