SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente de ejercicio de la acción penal, a la tutela jurídica, a la igualdad, al juez natural, a la motivación, congruencia, pertinencia, razonabilidad y exhaustividad vinculados a la “revisión de oficio” como los principios de la legalidad y seguridad jurídica; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Palmiro Gonzalo Jarjury Rada, por la supuesta comisión del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados-, mediante Auto de Vista 67/2018, dispusieron la revocatoria de la Resolución 168/2017, con el fundamento erróneo de que en el caso del art. 26.4 del CPP, debe demostrase que el querellante no formuló oposición para la viabilidad de la conversión de acciones y que el accionante ni presentó el memorial de “oposición” a la Resolución de Rechazo F.E.P.D.C. EBAC 011/2017.