Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2018-S1
Fecha: 20-Dic-2018
II.11.
II.11. En respuesta a dicha solicitud, el Secretario General de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, por nota de atención de 25 de junio de 2018, alegó que en la Ley Departamental de Estructura de Cargos y Escala Salarial del Gobierno Autónomo Departamental del referido departamento, el único cambio sustancial fue la no inclusión de los ítems de la región autónoma del Gran Chaco, manteniéndose inalterables los ítems correspondientes a la Gobernación y a la Asamblea Departamental de Tarija (fs. 31 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.
- III.1. Marco normativo y jurisprudencial sobre la inamovilidad laboral de las personas con discapacidad y de quienes tienen a su cargo a esas personas
- las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno’
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22