SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-S3
Fecha: 14-Feb-2018
a)
La accionante por intermedio de su abogado, a tiempo de ratificar el tenor íntegro de la acción de libertad presentada, manifestó: a) Se vulneraron los derechos constitucionales establecidos en los arts. 22, 23 y 115.II de la CPE, por un acto dilatorio y por no dar aplicación a lo dispuesto por el art. 16 del Decreto Presidencial de Amnistía o Indulto total o Parcial 3030 de 24 de diciembre de 2016, en relación al art. 5.IV inc. c) de la misma norma; y, b) No se está cuestionando la instalación de la audiencia de juicio oral; sino, que la solicitud de homologación no fue resuelta dentro el plazo de veinticuatro horas conforme a procedimiento.
Ivón Basilio Lazo, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal Primero Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal de Uyuni, mediante informe escrito, cursante a fs. 20, indicó: a) Yeli Belén Cabrera, presentó un memorial el 26 de septiembre de 2017, que ingresó a despacho el 27 del mismo mes y año, por lo que se decretó que la solicitud de homologación se la considere en la audiencia de juicio oral de 28 de septiembre del pasado año; b) Como no se pudo instalar la audiencia por la falta de defensa técnica de uno de los co-imputados, se entró en debate respecto a la instalación de la audiencia; y, c) Considerando la apretada agenda del mismo, no se pudo instalar la audiencia para tratar el fondo de la solicitud de homologación de amnistía, por lo que estará sujeto a la decisión que se adopte.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Por medio de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad’
- Fragmento 12
- III.2. Las autoridades judiciales en materia penal, deben resolver los trámites de homologación de las resoluciones de amnistía, en los plazos fijados por la norma especial, en resguardo al principio de celeridad procesal y derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- La autoridad judicial de la causa
- CONFIRMAR