SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-S3
Fecha: 14-Feb-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Potosí, mediante Resolución de Amnistía 03/2017 de 20 de septiembre le concedió la amnistía que solicitó, y dispuso la remisión de ésta al “…Tribunal de Sentencia Penal 1 Juzgado público de la niñez y adolescencia, de partido de trabajo y SS de Uyuni…” (sic) para su consiguiente homologación con nota de atención CITE-DDRP-SL 267/2017 de 21 de septiembre; sin embargo, los Jueces del indicado Tribunal omitieron pronunciarse sobre dicha determinación; por esta razón presentó memorial el 26 de mismo mes y año, solicitó se proceda a la homologación de la mencionada Resolución de Amnistía, por decreto de 27 del mismo mes y año, le hicieron conocer que sería considerada en audiencia de juicio oral señalada.
El 28 de septiembre de 2017, las autoridades judiciales demandadas, determinaron por Auto Interlocutorio suspender la audiencia de juicio oral, argumentando que no se encontraba el abogado de uno de los imputados. Ante esta situación, su persona solicitó se proceda a la homologación de la citada Resolución de Amnistía; sin embargo, le indicaron que el Tribunal no tenía facultades para resolver la misma, al ser un Tribunal colegiado, y necesariamente debía poner a conocimiento de las partes para que se pronuncien al respecto; suspende la audiencia hasta el 17 de noviembre del mencionado año a horas 14:30, sin homologar la resolución mencionada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Por medio de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad’
- Fragmento 12
- III.2. Las autoridades judiciales en materia penal, deben resolver los trámites de homologación de las resoluciones de amnistía, en los plazos fijados por la norma especial, en resguardo al principio de celeridad procesal y derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- La autoridad judicial de la causa
- CONFIRMAR