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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018-S4

    Fecha: 06-Feb-2018

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • Fragmento 7
    • I.2.3. Informe del tercer interesado
    • denegaron
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • III.1. Naturaleza y alcance de la cosa juzgada constitucional
    • órgano de cierre del ordenamiento jurídico interno
    • En ese sentido conviene señalar que cuando el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre la protección de derechos fundamentales
    • no podrá juzgarse dos veces y por las mismas razones alegadas una misma situación
    • las protegen de ataques o cuestionamientos posteriores por cualquier medio o vía, inclusive la jurisdicción constitucional; por cuanto, el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, ya no podrá pronunciarse nuevamente o juzgar dos veces sobre lo ya decidido y resuelto en un fallo constitucional, ni revisar la determinación adoptada en una sentencia con valor de cosa juzgada constitucional
    • cuando existe resolución en un primer amparo del cual emerge el que se interpone
    • toda decisión asumida
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • ‘…rescindidos por lesión los contratos de transferencia constantes en los testimonios de escrituras públicas de 3 de noviembre de 1.995, debiendo procederse en ejecución de sentencia a la cancelación de las partidas de inscripción efectuadas en 27 de noviembre de 1.995’
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