SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2018-S4
Fecha: 23-Feb-2018
II.2.
II.2. A través de memorial presentado el 2 de junio de 2015, ante el Comandante General de la Policía, Hans Cristhian Barbolin Limachi, solicitó la suspensión indefinida de sus funciones, señalando encontrarse cumpliendo detención preventiva en el penal de San Pedro; mereciendo RA 0789/15 de 13 de agosto de 2015, la Dirección Nacional de Personal del Comando General de la Policía, determinó suspender indefinidamente y sin goce de haberes al ahora accionante, por encontrarse con detención preventiva en el recinto penitenciario de San Pedro, en cumplimiento a la Disposición adicional Primera de la Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, señalando asimismo, que la suspensión corría a partir de la fecha de su detención preventiva; notificándose al accionante el 19 de agosto de 2015 (fs.116 a 117).
- Hans Cristhian Barbolin Limachi
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La incongruencia omisiva en las resoluciones de alzada
- a) Por incongruencia omisiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa emite una resolución sin considerar las pretensiones de las partes, vulnerando con esta omisión el derecho a un debido proceso y también el derecho a la defensa; y,
- III.2. Análisis del caso concreto
- la suspensión indefinida corre desde la detención preventiva; resolución que si se consideraba atentatoria a alguno de sus derechos del ahora accionante, debió impugnarla por la vía administrativa o en su caso por la instancia constitucional, al no haberlo hecho consintió sus efectos jurídicos, consolidando y convalidando el contenido de la misma, conllevando a la firmeza del acto administrativo
- distintas normas constitucionales
- concedió la tutela
- únicamente
- 1° CONFIRMAR en parte