SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S4
Fecha: 28-Feb-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante ahora representada sin mandato en su condición de detenida preventiva, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, este último en sus componentes de derecho a la defensa, “igualdad” y tutela judicial efectiva, así como los principios de celeridad, eficiencia y eficacia; toda vez que, la Vocal hoy demandada al haber rechazado en dos oportunidades una petición de certificación de datos de su proceso, solicitada con el fin de ser presentada para el trámite de amnistía del que pretende ser beneficiada, lo hizo sin argumento legal válido y desconociendo que el propósito del Decreto Presidencial que regula éste requisito al enfocarse en el derecho a la libertad personal, se encuentra por encima de la Ley del Órgano Judicial.
En revisión, corresponde en inicio dilucidar si la denuncia formulada puede ser resuelta a través de esta acción de defensa, y en su caso, si la interpretación del art. 128. II de la LOJ, asumida por la autoridad demandada, para rechazar la solicitud de certificación de la ahora accionante, vulneró o no sus derechos fundamentales invocados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- la activación de la acción de libertad para conocer presuntas vulneraciones del derecho al debido proceso, debe evaluarse en cada caso concreto
- III.2. La prohibición de emisión de decretos que dispongan informe sobre datos contenidos en el expediente no es aplicable cuando el informe es requerido por las partes. Interpretación del art. 128.II de la Ley del Órgano Judicial
- II. Quedan prohibidos los decretos que dispongan informe sobre aspectos contenidos en el expediente
- III.3. Análisis del caso concreto
- en el caso se alega que la documentación que pidió
- 1° CONFIRMAR