DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2018
Fecha: 14-Mar-2018
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
No obstante, en mérito al Acuerdo Jurisdiccional 004/2017 de 31 de agosto, emitido por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional 2012-2017, se elaboró el cronograma de cierre de gestión, determinando como último sorteo de la Comisión de Admisión el 10 de noviembre de 2017; declarándose receso de fin de año del 14 al 29 de diciembre de igual gestión, disponiendo la suspensión de plazos procesales del 14 al 27 de dicho mes y año, reanudándose los mismos el 28 del precitado mes y año.
Ahora bien, en mérito a la Nota Interna TCP-SG-540/2017 de 27 de diciembre, emitida por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional, se remitieron a la Comisión de Admisión, para su custodia, los expedientes que quedaron para su resolución por las nuevas autoridades, entre los cuales consta la presente causa (fs. 302 y vta.).
Asimismo, de conformidad con el Acuerdo Jurisdiccional 03 de 15 de enero de 2018, y en consideración a la nueva conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional; y la suspensión de plazos desde el 4 al 18 de enero de 2018, dispuesta en el Acuerdo Jurisdiccional 02 de 4 de enero de 2018; la presente causa fue sorteada el 30 de enero de 2018, conforme consta en el sello cursante a fs. 305, asumiéndose el expediente en el estado que se encuentra para efectos de su resolución, computándose el plazo conforme al Código Procesal Constitucional.
- control previo de constitucionalidad
- I.1. Contenido de la Consulta
- Fragmento 3
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 5
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas institucionales básicas de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA)
- III.2. Sobre el alcance del control previo de constitucionalidad las modificaciones o correcciones de normas institucionales básicas de las ETA, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- 25.I numerales 10, 14, 19, 21 y 24
- termina por añadir alguna que otra previsión no examinada y que, igualmente, no será objeto de análisis
- en la parte declarativa, debe adoptar el entendimiento que -en los demás artículos no examinados ahora- el texto deberá estar conforme al proyecto presentado y analizado en la DCP 0001/2013
- Fragmento 11
- III.3. Control previo de constitucionalidad al texto de los artículos reformulados en el proyecto de Estatuto Autonómico Indígena de la Nación
- Preámbulo
- II.
- X.
- Respecto al Preámbulo y los arts. 12.II y III.9; 14.I.9; 15.I.5; y, 17.X
- Respecto al art. 69.II
- DISPOSICIÓN ELIMINADA
- I.
- Artículo 5. Jerarquía normativa del Estatuto Autonómico
- IV.
- Sobre los numerales 4, 14 y 16 del parágrafo I
- compatibilidad
- Sobre el parágrafo III
- Artículo 16.
- VI
- 1º
- 3°