DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2018

Fecha: 14-Mar-2018

III.2.    Sobre el alcance del control previo de constitucionalidad las modificaciones o correcciones de normas institucionales básicas de las ETA, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas

En el marco de lo preceptuado por el precitado art. 53.II de la LMAD, el control previo de constitucionalidad aplicado a proyectos de normas institucionales básicas de las ETA, puede extenderse en el tiempo hasta la conclusión del proceso, producto precisamente de las observaciones que el Tribunal Constitucional Plurinacional efectúe al proyecto base y las sucesivas correcciones o reformulaciones que el estatuyente realice a partir de ello.