Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0059/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia de Isidora Pongo Calle, por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves, leves y amenazas; interpuso excepción de extinción de la acción penal por prescripción, misma que fue declarada probada por el Juez de Instrucción Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz; sin embargo, ante el recurso de apelación planteado por la querellante, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó dicha determinación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- arbitrariedad
- Fragmento 18
- III.3. La extinción de la acción penal por prescripción, sus fundamentos y su cómputo
- III.4. Análisis del caso concreto
- realizaron el cálculo equívoco de los años de prescripción, atendiendo un máximo legal de la pena privativa de libertad -tres a seis años-
- Fragmento 22
- MAGISTRADO