Juristeca
Juristeca País
    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0059/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0059/2018-S2

    Fecha: 15-Mar-2018

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    La accionante reiteró inextenso el contenido de la demanda de amparo constitucional y lo amplió señalando, que el Auto de Vista 59/2017 de 18 de abril, emitido por las autoridades demandadas, vulneró su derecho al debido proceso en sus vertientes de motivación, fundamentación, congruencia y “seguridad Jurídica”; y, solicitó se lo deje sin efecto, ordenando el pronunciamiento de una nueva resolución.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
    • arbitrariedad
    • Fragmento 18
    • III.3. La extinción de la acción penal por prescripción, sus fundamentos y su cómputo
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • realizaron el cálculo equívoco de los años de prescripción, atendiendo un máximo legal de la pena privativa de libertad -tres a seis años-
    • Fragmento 22
    • MAGISTRADO

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca