Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2018-S3
Fecha: 07-Mar-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Laudo Arbitral de 28 de noviembre de 2016, fue emergente del pliego petitorio de la parte accionante de junio de 2013, donde en su etapa conciliatoria se resolvieron once de los doce puntos del pliego. El punto faltante fue sometido a arbitraje, en el que se pedía dejar sin efecto la doble escala laboral diferenciada del bono de antigüedad o “Categoría” para los trabajadores de la UAGRM, mediante reajuste y adecuación de la nueva escala a los porcentajes fijados en la antigua escala salarial establecida en el art. 47 del Reglamento Interno de Personal “ICU 020/1989 de 15 de marzo”, porcentajes que llegaban al 100% del salario básico mensual a partir de los 24 años de servicio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Improcedencia de la acción
- I.2.2. Admisión de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La doctrina de las autorestricciones de la jurisdicción constitucional o de no interferencia en la función propia de los órganos jurisdiccionales ordinarios
- iii)
- c)
- activado por el
- debido proceso
- nexo de causalidad
- incidencia en la Resolución final
- CONFIRMAR