SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alegó la vulneración de los derechos a la vida y a la libertad de su hijo menor de edad AA y a una justicia pronta y oportuna; toda vez que, en reiteradas oportunidades solicitó a la Jueza Pública de Familia Primera del departamento de la Paz, la modificación de medidas provisionales, dispuestas mediante Resolución 522/2017, respecto a la guarda de su hijo menor AA, otorgada a la madre del mismo, en razón que la misma se encontraba cumpliendo una medida de detención preventiva en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz, dispuesta dentro de un proceso penal iniciado por el progenitor del niño en su contra por la presunta comisión del delito de trata de personas, al haber trasladado a su hijo de tres años a Kirguistán (centro de Asia) y no haberlo retornado al país; sin embargo cuando el niño fue repatriado, en reiteradas oportunidades, solicitó ante dicha autoridad, la modificación de las medidas provisionales asumidas, advirtiéndole que si no se obraba con la premura necesaria, tras la llegada de su hijo, éste sería internado en un centro de acogida; empero, sin considerar todas las peticiones realizadas, la precitada autoridad no dispuso nada al respecto, bajo el argumento de que la madre debió haber sido notificada personalmente con la solicitud, provocando que el menor sea trasladado a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la Zona Sur de La Paz y luego a un centro de acogida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional y reforzada de los derechos de la niñez y adolescencia
- III.2. De la celeridad y el plazo razonable como componente del debido proceso
- III.3. Sobre la medida provisional de guarda dispuesta en el proceso de divorcio
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR