Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 08/2017 de 14 de noviembre, cursante de fs. 91 a 94 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Nelson Rubén Cavero Vidaurre contra Gladys Aida Romero Taca, Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital; Iván Vladimir Quiroz Vargas, Comandante Departamental; y, Carlos David Dávila Díaz, Director del Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca, todos del departamento de Potosí.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- devenga de dilaciones indebidas
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- toda solicitud relativa o vinculada a la libertad de las personas, debe imprimírsele celeridad en su resolución sea positiva o negativamente para quien la pide,
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- señale audiencia de modificación de medidas cautelares de carácter personal
- CONFIRMAR