Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
I.
En mérito al descrito marco constitucional, a través del DS 0495, se modificó el art. 10 del DS 28699, referido a los beneficios sociales y a la reincorporación, el que a su vez, sufrió una modificación luego de un control de constitucionalidad efectuado por este Tribunal, a través de la SCP 0591/2012 de 20 de julio, resultando la redacción de dicho artículo, de este modo: ʽI. Cuando el trabajador sea despedido por causas no contempladas en el Artículo 16 de la Ley General de Trabajo, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. Reconducción de la línea jurisprudencial en cuanto al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral, aplicando el estándar más alto
- Fragmento 15
- I.
- III.
- V.
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- Renuncia involuntaria en condiciones de inconsciencia y baja médica pide Reincorporación
- REVOCAR