SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
III.3. Análisis del caso concreto
con el objeto de resolver la problemática planteada por la accionante, constituye la desarrollada en la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, la que establece que con el objetivo de resguardar el trabajador ante despidos intempestivos y sin causa legal justificada, se creó un procedimiento administrativo sumarísimo otorgándole facultades al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para establecer si el retiro es justificado o no, para luego proceder a una conminatoria de reincorporación y finalmente recurrir a la jurisdicción constitucional, en caso de resistencia del empleador a su observancia, medida adoptada con el fin de garantizar el cumplimiento inmediato de un acto administrativo a través de la jurisdicción constitucional.
La referida protección, conforme se estableció en la SCP 0015/2018-S4, no implica que la jurisdicción constitucional constituya una instancia más, dedicada a la ejecución de decisiones administrativas ni se le atribuya a este Tribunal, funciones de policía para el cumplimiento de las mismas sino es un mecanismo rápido y efectivo para el restablecimiento del derecho fundamental al trabajo y empleo, a través de la efectivización del cumplimiento de la orden de reincorporación laboral, teniendo el empleador la jurisdicción ordinaria a fin de demostrar la ilegal o indebida conminatoria emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; en cuyo mérito, corresponde verificar en la presente acción de amparo constitucional si evidentemente la Conminatoria de reincorporación laboral, pronunciada en favor de la accionante por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, fue incumplida por el empleador.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. Reconducción de la línea jurisprudencial en cuanto al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral, aplicando el estándar más alto
- Fragmento 15
- I.
- III.
- V.
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- Renuncia involuntaria en condiciones de inconsciencia y baja médica pide Reincorporación
- REVOCAR