Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 15 de septiembre de 2017, fue notificada con la Resolución emitida por el Decano en ejercicio de la Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia, Jorge Isaac von Borries Méndez, por la cual fue convocada para ejercer la magistratura titular por el departamento de Beni en el Tribunal Supremo de Justicia.
En la misma fecha, Mirtha Dolly Ortiz Paniagua presentó memorial dirigido al Decano en ejercicio de la Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia, por el que solicitó no posesionar en el cargo a Silvana Rojas Panoso y, en contrario, se le ministre posesión a ella, en el cargo de Magistrada titular por el señalado departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 2.
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- 'Para determinar la irremediabilidad del perjuicio
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2° Llamar la atención