SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S2

Fecha: 29-Mar-2018

correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida

Conforme a la SC 1579/2004-R de 1 de octubre en su Fundamento Jurídico III.1., el Tribunal Constitucional concluyó que el recurso de hábeas corpus: “…puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida(negrillas agregadas). Más adelante, dentro la misma línea jurisprudencial referida, en su F.III.1.3., expone: El hábeas corpus denominado correctivo, protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de este recurso, se garantiza el trato humano al detenido, establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos” (las negrillas nos corresponden).