Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-O
Fecha: 11-Abr-2018
II.5.
II.5. Por Auto 19 de 9 de febrero de 2018, el Juez de garantías RECHAZÓ el recurso de queja presentado por Cecilia Torrico Nogales y en cumplimiento de la SCP 1132/2017-S1, ordenó librar el mandamiento de lanzamiento del inmueble motivo de la litis y la restitución inmediata de la posesión del inmueble a favor del accionante (fs. 877 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- rechazar el
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- abarca los presupuestos procesales mínimos a los que debe regirse todo proceso judicial, administrativo o corporativo, observando todas las formas propias del mismo así como las leyes preexistentes, para hacer posible la materialización de la justicia en igualdad de condiciones, lo que implica la posibilidad de ser juzgado por un juez o tribunal imparcial, independiente, competente y preestablecido legalmente con anterioridad a los hechos atribuidos y en el marco de garantías y presupuestos procesales imperantes
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- Fragmento 16