SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S4
Fecha: 03-Abr-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 6 de noviembre de 2017, el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, mediante Resolución 471/17 de 6 de noviembre de 2017, ordenó su traslado al Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”. Para el efecto, fueron legalmente notificados el Ministerio Público, la Dirección Nacional de Seguridad Penitenciaria y la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, a objeto de dar estricto cumplimiento al mandamiento de traslado del Recinto Penitenciario de “San Pedro de Chonchocoro” de La Paz, al Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, donde debe cumplir una condena de treinta años.
El 9 de noviembre de 2017, presentó memorial dirigido al Gobernador del Recinto Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro, José Luis Morales del Castillo; solicitándole que dé estricto cumplimiento a dicha orden judicial emanada por autoridad competente, mismo que se negó a dar los nombres de los escoltas para viabilizar la compra de pasajes, siendo que la Dirección Penitenciaria carece de recursos económicos y no puede proporcionar los pasajes para su traslado, pese a que el “verificador” se constituyó en el juzgado a objeto de constatar si dicha orden judicial era legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- „…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos‟.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad (SCP 528/2013 de 3 de mayo) ‟
- III.2.
- Fragmento 16
- recién el 13 de noviembre de 2017
- el incidente de actividad procesal defectuosa
- REVOCAR