SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2018-S4
Fecha: 03-Abr-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 15/2017 de 13 de noviembre, cursante de fs. 64 a 66 vta., emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz; en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que las autoridades demandadas, impriman celeridad en el trámite administrativo de traslado; siempre y cuando la situación jurídica del –ahora accionante–, no hubiera sido modificada a través de la resolución del incidente de actividad procesal defectuosa, presentado por el Director General de Régimen Penitenciario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- „…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos‟.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad (SCP 528/2013 de 3 de mayo) ‟
- III.2.
- Fragmento 16
- recién el 13 de noviembre de 2017
- el incidente de actividad procesal defectuosa
- REVOCAR