Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2018-S3
Fecha: 17-Abr-2018
II.4.
II.4. A través de Nota CITE OJ-SIE-245/17 de 3 de octubre de 2017, Limberth Camacho Vidal, Encargado Distrital de Servicios Informáticos Electrónicos de la Oficina Departamental de Cochabamba del Consejo de la Magistratura, informó al accionante, que la última publicación de calificación de méritos, cuyas notas eran mayores a sesenta puntos para Cochabamba, fue realizada el 4 de julio de ese año (fs. 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y
- el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley,
- III.2. Marco normativo aplicable dentro de la convocatoria a registradores y subregistradores de Derechos Reales
- impugnación ciudadana
- listas finales
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- último momento hábil
- momento
- Consejo de la Magistratura
- CONFIRMAR