SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2018-S3
Fecha: 15-May-2018
II.2.
II.2. El 25 de enero de 2017, el accionante Marcos Irineo Queca Ríos, interpuso recurso de apelación contra la Resolución detallada en el párrafo precedente, argumentando principalmente: 1) Que se lesionaron los arts. 116.I y 117.I de la CPE, respecto al debido proceso y la presunción de inocencia, al sancionarlo según el art. 14.18 de la LRDPB por una agresión sexual sin que previamente se declare su culpa en proceso penal mediante sentencia ejecutoriada (según -a su criterio- establecía la SCP 0021/2014 -no indicó la sala de origen, ni fecha de emisión-); además, considerando que a momento de presentar su impugnación se presentó un requerimiento conclusivo de sobreseimiento a su favor; 2) La prueba de cargo no permitió establecer que sus actos hubiera incurrido en ningún delito o falta disciplinaria, tomando en cuenta que los elementos que se presentó eran actuados de la etapa investigativa y preparatoria del juicio penal; y, no se constituían -bajo su entendimiento- en medios probatorios, más aun considerando que el Tribunal Disciplinario no estaba facultado para conocer y sancionar delitos; por lo que, se lesionó el art. 122 de la CPE; y, 3) Se inobservaron los arts. 5.II, 6, 49.3 y 5; y, 87 de la Ley 101, particularmente en relación a que los hechos sancionados no acaecieron durante el ejercicio de sus funciones; sino cuando se encontraba en descanso (fs. 352 a 357 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- Fragmento 13
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- Una resolución incongruente es arbitraria
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador.
- conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- III.2. Análisis del caso concreto
- tras la existencia de una transacción
- CONFIRMAR