Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2018-S2
Fecha: 14-May-2018
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Marisol Condori de Jiménez, mediante su abogado pidió que la acción tutelar formulada sea denegada, observando que no solo existe un documento de compraventa como alegan los accionantes, sino varios testimonios suscritos ante Notarias. Además agregó que existe un procedimiento administrativo pendiente, lo que no permite activar la vía constitucional, sino la ordinaria, y que no existe vulneración de ningún derecho constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- [11]
- [15]
- III.3. Análisis del caso concreto
- 5)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)