Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
III.2. Sobre el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o motivada en el Estado Constitucional de Derecho. Jurisprudencia reiterada
Más adelante, la misma SCP 2221/2012, concluyó que las tres formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad ‘…son un tema que corresponderá analizar en cada caso concreto, debido a qué sólo en aquéllos supuestos en los que se advierta claramente que la resolución es un mero acto de voluntad, de imperium, de poder, o lo que es lo mismo de arbitrariedad, expresado en decisión sin motivación o inexistente, decisión arbitraria o decisión insuficiente, puede la justicia constitucional disponer la nulidad y ordenar se pronuncie otra resolución en forma motivada’”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Sobre el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o motivada en el Estado Constitucional de Derecho. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 20
- III.3.1. Sobre la revisión de los fallos impugnados
- III.3.2. Análisis de fondo
- a)
- i)
- CONFIRMAR en parte