SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2019-S2

Fecha: 29-May-2018

III.1. Sobre la renuncia o abandono del abogado defensor del imputado previsto en el art. 104 del Código de Procedimiento Penal

El Código de Procedimiento Penal establece una previsión especial para el caso de que el abogado defensor del acusado renuncie o haga abandono antes o durante el juicio; extremo ante el cual es viable la suspensión de este o en su defecto su inicio, por un plazo no mayor a diez días, siempre y cuando haya sido solicitado por el nuevo defensor, conforme lo indica el art. 104 del CPP; precepto que también refiere que ante una nueva suspensión o abandono se designará de oficio un defensor: