10)
10) No es evidente que se haya vulnerado el art. “90 del CPC”, o propiciado un estado de inseguridad, puesto que la recurrente no precisó en qué consiste el perjuicio supuestamente sufrido, por lo que al haber cumplido el remate con su finalidad, de acuerdo a la verdad material despojada de todo formalismo ritualista, lo que corresponde es continuar con el procedimiento respectivo; y,
- Partes:
- CONFIRMAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- “Además de ello, toda resolución dictada en apelación, no sólo por disposición legal sino también por principio general, debe sujetarse a los puntos de apelación expuestos por la parte apelante, que se entiende deben estar relacionados con lo discutido ante el juez a quo.
- II.2. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales como elementos del debido proceso
- la congruencia ha venido clasificada en diversos tipos o categorías que nos interesa anotar a los fines que se seguirán, y así es moneda corriente hablar en doctrina de incongruencia ‘ultra petita’ en la que se incurre si el Tribunal concede ‘extra petita’ para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes; ‘citra petita’, conocido como por ‘omisión’ en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados,
- a)
- En ese contexto, y toda vez que se denunció al Auto de Vista 54/2017 de infundado, confuso, contradictorio e incongruente, por las causas antes referidas, se hace pertinente conocer el contenido del mismo a fin de verificar si las denuncias realizadas por la accionante en efecto son evidentes, centrándose la fundamentación del indicado fallo en los siguientes aspectos:
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 10)
- 11)
- No obstante, un acto procesal podrá ser invalidado
- II.4 Análisis del caso concreto
- e)
- lealtad procesal
- cumplimiento de la finalidad del acto del remate
- CONFIRMARSE
