3)
3) Debe quedar claro que el objetivo del aviso del remate no solo es conseguir la mayor cantidad de interesados en la subasta, sino que además las personas o instituciones que tengan algún derecho real, privilegio, un derecho expectaticio, una garantía o algún interés sobre el bien inmueble o mueble a rematarse, tengan conocimiento efectivo del remate a efectos de hacer valer sus derechos, pudiendo interponer alguna tercería de dominio excluyente o de derecho preferente al pago, por lo que el aviso del remate también se constituye en notificación para dichas personas de acuerdo a la establecido en el art. 525.5 del CPCabrg, en consecuencia al constituirse ésta en notificación por edicto a estos acreedores que tengan algún derecho, cumple también con lo previsto en el art. 125 del aludido cuerpo legal, que establece la publicación de edictos por tres veces con intervalos no menores a cinco días por el término de treinta días, lo que implica que los edictos deben publicarse dentro de los treinta días y no como quiere entender la recurrente, al señalar que debe contarse los treinta días desde la última publicación, habiéndose cumplido con la publicidad correspondiente, observándose también su finalidad; toda vez que, Ana Victoria Ramírez Mamani, concurrió a dicho acto en calidad de adjudicataria, conforme se tiene del informe evacuado por la Martillera designada para el presente caso, habiendo realizado el empoce del 20%, y posteriormente cancelado el restante 80% conforme consta de obrados;
- Partes:
- CONFIRMAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- “Además de ello, toda resolución dictada en apelación, no sólo por disposición legal sino también por principio general, debe sujetarse a los puntos de apelación expuestos por la parte apelante, que se entiende deben estar relacionados con lo discutido ante el juez a quo.
- II.2. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales como elementos del debido proceso
- la congruencia ha venido clasificada en diversos tipos o categorías que nos interesa anotar a los fines que se seguirán, y así es moneda corriente hablar en doctrina de incongruencia ‘ultra petita’ en la que se incurre si el Tribunal concede ‘extra petita’ para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes; ‘citra petita’, conocido como por ‘omisión’ en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados,
- a)
- En ese contexto, y toda vez que se denunció al Auto de Vista 54/2017 de infundado, confuso, contradictorio e incongruente, por las causas antes referidas, se hace pertinente conocer el contenido del mismo a fin de verificar si las denuncias realizadas por la accionante en efecto son evidentes, centrándose la fundamentación del indicado fallo en los siguientes aspectos:
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 10)
- 11)
- No obstante, un acto procesal podrá ser invalidado
- II.4 Análisis del caso concreto
- e)
- lealtad procesal
- cumplimiento de la finalidad del acto del remate
- CONFIRMARSE
