Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2018-S3
Fecha: 14-Jun-2018
acción popular
En revisión la Resolución 1/2018 de 5 de enero, cursante de fs. 272 a 283, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por Segundina Villanueva Mendoza de Condori, representante del Sindicato Agrario; Blas Gutiérrez Condori, Alcalde; Víctor Villanueva Garabito, Corregidor; Julia Villanueva Vargas de Ibarra, Curaca Mama Thalla; Agripina Gutiérrez Delgado de Oros, Bartolina; Corsino Villanueva Vargas, representante de Base; y, Demetrio Leandro Villanueva, Presidente de las Organizaciones Territoriales de Base (OTBs), todos representantes de la comunidad de Miraflores, cantón Tarapaya de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí contra Palmira Llanos Lenis.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- 4° Disponer
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la cosa juzgada constitucional
- miembros de la Comunidad de Miraflores de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí
- restituyan de manera inmediata el cauce normal de las aguas termales del ojo 14
- la restitución de las aguas a su cauce normal, más propiamente del ojo de agua Número catorce
- CONFIRMAR