SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2018-S3

Fecha: 14-Jun-2018

restituyan de manera inmediata el cauce normal de las aguas termales del ojo 14

           En ese orden de cosas, el referido fallo constitucional, dispuso que las personas demandadas, “…restituyan de manera inmediata el cauce normal de las aguas termales del ojo 14 en favor del balneario 'PRITH', evitando actuaciones futuras similares, mientras que dicho conflicto sea dilucidado por la jurisdicción pertinente” (las negrillas y el subrayado son añadidas), además de exhortar a la Asamblea Legislativa Plurinacional,  proceda a la elaboración de una norma específica que regule el uso de las aguas termales, tanto por particulares como colectivos en general.