SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2018-S3
Fecha: 14-Jun-2018
miembros de la Comunidad de Miraflores de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí
Al respecto, corresponde precisar que, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta el 10 de septiembre de 2013 por Palmira Llanos Lenis contra Mario Villanueva Fernández, Secretario de Actas del cantón Tarapaya, Distrito 13 Sub Central; Miguel Nilo Villanueva Mamani, “Mayor”; Teodoro Leandro Estrada y Margarita Ruiz Villanueva de Méndez, todos miembros de la Comunidad de Miraflores de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la SCP 1024/2014, resolvió revocar la Resolución 9/2013 de 18 de septiembre, pronunciada por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, y conceder de manera provisional, la tutela solicitada por la ahora demandada.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- 4° Disponer
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la cosa juzgada constitucional
- miembros de la Comunidad de Miraflores de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí
- restituyan de manera inmediata el cauce normal de las aguas termales del ojo 14
- la restitución de las aguas a su cauce normal, más propiamente del ojo de agua Número catorce
- CONFIRMAR