Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2018-S2
Fecha: 11-Jun-2018
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad, añadiendo que también se presentó como prueba el informe realizado por Javier Salguero, Jefe Médico del Centro de Salud Municipal Ernesto Che Guevara, el cual corroboró y ratificó lo señalado por el Informe Médico Forense.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- la razonabilidad
- Fragmento 16
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público. Examen de la imputación formal por vía de la acción de libertad
- Fragmento 18
- III.4.
- III.4.1. Con relación a los Vocales demandados
- III.4.2. Con referencia a la Jueza codemandada
- III.4.3. Respecto a los Fiscales de Materia codemandados
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- sana crítica
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,