SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2018-S3

Fecha: 29-Jun-2018

a)

El 19 de septiembre de 2016, interpusieron recurso de apelación, bajo los siguientes argumentos: a) El “Tribunal de alzada” no consideró las ilegalidades cometidas en el proceso de reparación del daño; toda vez que, se les sancionó sin que se haya probado la relación directa de causa y efecto; b) Se afirmó que existe relación, sin explicar dónde radica la misma, así como tampoco que el daño haya sido producto del actuar de cada uno de ellos; c) No se realizó una descripción probatoria individual, tampoco fundamentó como se arribó a la determinación de dar valor a la prueba ofrecida por los demandantes; d) No se valoró la prueba pericial de descargo, respecto al grado de invalidez de las víctimas; el informe pericial de oficio, que acredita que no existen elementos probatorios sobre los gastos de recuperación, internaciones u otros de estas; y, e) Se incurrió en error al introducir a título de “otros rubros” viajes, traslados a la ciudad de Sucre, alimentación, habitación, gastos para fotocopias, ya que obró de manera ultra petita.