DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018
Fecha: 25-Jul-2018
4. Decreto Ejecutivo
El numeral “4. Decreto Ejecutivo”, no fue observado por la DCP 0059/2017; por lo tanto, conforme al Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, no corresponde el examen de constitucionalidad sobre los preceptos que no fueron observados; teniéndose por improcedentes cualquier otra modificación que el Estatuyente hubiese realizado sobre el proyecto de norma institucional básica. En dicho contexto, no le está permitido al consultante cambiar el contenido de los preceptos que en su momento fueron declarados compatibles, por lo que sobre el numeral 4 del art. 16 del proyecto de COM de Yamparáez, se deberá estar a lo dispuesto por la mencionada Declaración Constitucional Plurinacional.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- excluyéndose del control previo de constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles
- III.3. Control previo de constitucionalidad de los artículos y preceptos reformulados del proyecto de COM de Yamparáez
- Control previo de constitucionalidad
- la idea de ‘vigencia del derecho autonómico’, no puede estar prevista en una carta orgánica municipal
- Respecto al numeral 3
- 2.
- 4. Decreto Ejecutivo
- compatibilidad
- “Servicios básicos así como aprobación de las tasas que correspondan en su jurisdicción
- Artículo 64. Telefonía fija móvil y telecomunicaciones
- Artículo 89. Asignación y ejecución de competencias.
- a)
- Proceso de
- Disposición suprimida
- Artículo 104. Ingresos Propios.
- Artículo 102. Ingresos Propios.
- Regulación para la creación
- creación y administración
- Artículo 105. Ingresos Tributarios Y No Tributario
- Fragmento 27
- iniciativa legislativa ciudadana