DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018
Fecha: 25-Jul-2018
excluyéndose del control previo de constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles
En este entendido, el Tribunal Constitucional Plurinacional se limitará a efectuar el test de constitucionalidad de los artículos declarados incompatibles en la DCP 0059/2017 del proyecto de COM de Yamparáez, excluyéndose del control previo de constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles según el precitado fallo constitucional. En tal sentido, se analizará cada uno de los elementos normativos reformulados en cuanto amerite, y en el caso de no advertirse causal de incompatibilidad, corresponderá declarar la compatibilidad de manera pura y simple; por otro lado, si el precepto reformulado mereciere alguna elucidación en virtud del contexto en el cual fue modificado, se desarrollará la misma, entendiéndose la compatibilidad de este precepto en el marco del desarrollo interpretativo desplegado; empero, en caso de identificarse preceptos que vulneren a la Norma Suprema, corresponderá declarar la incompatibilidad de los mismos.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- excluyéndose del control previo de constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles
- III.3. Control previo de constitucionalidad de los artículos y preceptos reformulados del proyecto de COM de Yamparáez
- Control previo de constitucionalidad
- la idea de ‘vigencia del derecho autonómico’, no puede estar prevista en una carta orgánica municipal
- Respecto al numeral 3
- 2.
- 4. Decreto Ejecutivo
- compatibilidad
- “Servicios básicos así como aprobación de las tasas que correspondan en su jurisdicción
- Artículo 64. Telefonía fija móvil y telecomunicaciones
- Artículo 89. Asignación y ejecución de competencias.
- a)
- Proceso de
- Disposición suprimida
- Artículo 104. Ingresos Propios.
- Artículo 102. Ingresos Propios.
- Regulación para la creación
- creación y administración
- Artículo 105. Ingresos Tributarios Y No Tributario
- Fragmento 27
- iniciativa legislativa ciudadana