SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2018-S1

Fecha: 16-Jul-2018

III.3.2. Sobre la conminatoria al pago de la suma devengada bajo alternativa de expedirse mandamiento de apremio

La subsecuente denuncia de lesividad de derechos constitucionales, efectuada por el accionante trasunta esencialmente, en la actuación de la Jueza demandada que devino de la interposición del recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el Auto de 4 de enero de 2018 -de aprobación de liquidación de asistencia familiar devengada-, que tuvo como corolario la conminatoria de pago de la suma devengada por concepto de asistencia familiar bajo alternativa de expedirse mandamiento de apremio en su contra.

Al respecto, es necesario aclarar que ante la eventualidad de librarse un mandamiento de apremio -del cual no se tiene constancia pese a una sucinta mención que el accionante realiza en audiencia de esta acción de defensa-, a diferencia del acto lesivo precedentemente analizado, no es posible que en este supuesto se asuma la subsidiariedad excepcional, por cuanto, esta acción de defensa es el medio idóneo y eficaz para conocer y si corresponde restituir la lesión o conculcación a los derechos protegidos por esta acción de defensa “...cuando de acuerdo a las circunstancias concretas, a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes, de manera tal que esta acción de defensa, por la urgencia de la situación, se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados” (Fundamento Jurídico III.1), en este sentido, corresponde ingresar a analizar el acto lesivo denunciado, a fin de verificar si esta jurisdicción constitucional debe abrir su ámbito de protección tutela.