Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2018-S4
Fecha: 20-Jul-2018
II.3.
II.3. Mediante Auto de 25 de septiembre de 2017, la autoridad encargada del control jurisdiccional, declaró fundada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción en relación al delito de falsedad material, solicitada por el ahora impetrante de tutela (fs. 81 a 83); contra la que la parte denunciante interpuso apelación a través de memorial presentado el 28 del mismo mes y año (fs. 85 a 87); la misma que, luego de los trámites de rigor, fue remitida a la Sala Penal de turno, a través de oficio de 1 de noviembre de 2017 (fs. 91).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Con relación a los miembros del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba
- Fragmento 16
- III.3.
- REVOCAR
- 2° DENEGAR
- 3° Disponer