Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2018-S4
Fecha: 02-Ago-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 58/2018 de 23 de marzo, cursante de fs. 33 a 34 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Andro Grover Choquetanga Gonzáles contra Wiat Belzu Carvajal Jueza, Erick Diego Arapa Condori Secretario ambos del Juzgado de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- conceder
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Celeridad y audiencia para considerar el beneficio de cesación a la detención preventiva
- con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- sin embargo, este razonamiento debe precisarse, en el sentido de que la autoridad judicial en el trámite de la cesación de la detención preventiva, no debe prolongar de forma indefinida la suspensión de audiencias de medidas cautelares, con el simple justificativo de proceder de esa forma, por una falta de notificación a las partes procesales
- III.3. Análisis del caso concreto
- o que se refiera a medidas cautelares, caso en el cual se computarán días corridos
- seis días después
- CONFIRMAR en parte,