SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2018-S2
Fecha: 03-Ago-2018
concedió
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 05 de 16 de febrero de 2018, cursante de fs. 878 vta. a 881, concedió la tutela solicitada, declarando la nulidad de la Sentencia Agroambiental Nacional S1a 58/2017, correspondiente al expediente “1929/2016” debiendo las nuevas Magistradas del Tribunal Agroambiental emitir una nueva resolución, tomando en cuenta el debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación de las decisiones y a la defensa. Fallo que se emitió bajo el siguiente fundamento: La Sentencia Agroambiental Nacional S1a 58/2017, omitió el cumplimiento del art. 115 de la CPE, respecto al derecho del debido proceso en su vertiente de motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales; además al derecho a la defensa, que obviamente está implícitamente anexado, porque no se le permitió a la parte hoy accionante con esa decisión poder asumir una defensa y reclamar sus derechos, respecto a algunos elementos de prueba que fueron valorados de manera no razonable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- [4]
- [7]
- relevancia constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- a) El acceso propiamente dicho a la jurisdicción; b) Lograr el pronunciamiento de las autoridades judiciales sobre el conflicto; y, c) Lograr que la resolución emitida por la autoridad jurisdiccional sea cumplida y ejecutada.
- III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción, se encuentra desempeñando esa función, a quien sólo le alcanzarán las responsabilidades institucionales, más no así las personales, si las hubiere
- III.5. Análisis del caso concreto
- Sobre el primer punto
- Con referencia al segundo punto
- Con relación al tercer punto
- Finalmente, sobre el punto cuarto,
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)