SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2018-S1
Fecha: 16-Ago-2018
II.6.
II.6. Por Resolución 01/2018 de 15 de febrero, el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Beni, constituido en Tribunal de garantías determina “DENEGAR” la tutela interpuesta por Ruth Callaú Rodríguez en representación de Jean Paul Gómez Ortega Barahona; sin embargo, dispuso: i) Encontrándose el menor en riesgo social, mismo en que le han puesto sus progenitores, su situación debe ser ventilada ante un Juez de familia, previa valoración integral del equipo multidisciplinario de Trinidad quienes deberán remitir un informe pertinente a su situación personal y a cargo de quien se encuentra; ii) Para garantizar el bienestar del menor se dispone la guarda temporal a favor de Ruth Callaú Rodríguez -abuela del menor AA-, quien deberá presentarlo ante la autoridad jurisdiccional competente las veces que sea requerida bajo prevención del art. 160 del Código Penal (CP); y iii) Suspenderse cualquier tipo de allanamiento con la finalidad de haber al menor (fs. 230 a 234 vta. del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- rechazó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- así como tampoco a efectos de corregir supuestas irregularidades procesales que se hubieran presentado en las mismas.
- sino también a situaciones en las que, la pretensión de la acción de defensa presentada, sea cuestionar lo decidido y resuelto en una anterior, a fin de no cumplir lo dispuesto en aquella. Aspecto que no puede ser admitido y menos considerado mediante la interposición de otra garantía constitucional, cuyo único objeto sería, rever una problemática ya analizada en sede constitucional
- así como tampoco para impugnar lo decidido en aquella, al ser clara la disposición contenida en el art. 203 de la Ley Fundamental, en sentido que contra las decisiones asumidas en la misma, no cabe recurso ordinario ulterior alguno. No siendo factible por ende, la consideración de una acción tutelar presentada con la finalidad de asegurar o cuestionar lo resuelto en una anterior, desnaturalizando su objeto
- III.2.
- CONFIRMAR