Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2018-S1
Fecha: 16-Ago-2018
II.7.
II.7. Por proveído de 20 de febrero de 2018 el Tribunal de Sentencia Penal Primero -Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Santa Ana de Yacuma del departamento de Beni, admitió la acción de amparo constitucional interpuesta ordenando se deje en suspenso la ejecución o cumplimiento de la Resolución 01/2018 emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Beni (fs. 14 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- rechazó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- así como tampoco a efectos de corregir supuestas irregularidades procesales que se hubieran presentado en las mismas.
- sino también a situaciones en las que, la pretensión de la acción de defensa presentada, sea cuestionar lo decidido y resuelto en una anterior, a fin de no cumplir lo dispuesto en aquella. Aspecto que no puede ser admitido y menos considerado mediante la interposición de otra garantía constitucional, cuyo único objeto sería, rever una problemática ya analizada en sede constitucional
- así como tampoco para impugnar lo decidido en aquella, al ser clara la disposición contenida en el art. 203 de la Ley Fundamental, en sentido que contra las decisiones asumidas en la misma, no cabe recurso ordinario ulterior alguno. No siendo factible por ende, la consideración de una acción tutelar presentada con la finalidad de asegurar o cuestionar lo resuelto en una anterior, desnaturalizando su objeto
- III.2.
- CONFIRMAR