SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2018-S3

Fecha: 28-Ago-2018

Fragmento 24

               Ahora bien, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales o a las instancias ante las que se tramitó la causa, no siendo adecuado que este Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de las instancias pertinentes y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que efectuó el órgano jurisdiccional competente; toda vez que, esta labor solo podrá ser efectuada de forma excepcional, cuando el accionante cumpla con los presupuestos establecidos en el citado Fundamento Jurídico, y en virtud a suficiente fundamentación sobre la existencia de un apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir, o cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales.