SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2018-S3

Fecha: 28-Ago-2018

II.2.

II.2.  Mediante el Informe GRLPZ-UFILR-I-098/2014 de 25 de abril, emitido por la Unidad de Fiscalización de la Gerencia Regional La Paz de la ANB, y considerando la fecha de aceptación de la DUI 2013/232/C-11915 de 31 de diciembre de 2013, se evidenció que el Certificado Medioambiental CM-LP-232-52-2014, no se obtuvo con anterioridad a la fecha de presentación de la declaración, sino el 7 de enero de 2014 y no el 31 de diciembre de 2013 como se registró en la página de documentos adicionales; por tanto no es válido a efectos del despacho aduanero, llevando a considerar la comisión de contrabando contravencional, adecuando la conducta de Lucía Tarqui Copa -como importadora del vehículo descrito supra-, a la previsión del art. 181 inc. f) del CTB, ya que la misma a la fecha de aceptación de la DUI, no contaba con el certificado medioambiental del IBMETRO (fs. 46 a 52).