SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación de resoluciones administrativas, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad social, a la vida, a la salud, a la “seguridad jurídica” y a la continuidad de los medios de subsistencia; siendo que, través de la Resolución Ejecutiva 171/2017, con la que finalizó el sumario administrativo iniciado en su contra, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz la destituyó de sus funciones como Técnico Administrativo, bajo causales relacionadas a los servidores y/o funcionarios públicos, normativa que hizo mención a la responsabilidad administrativa, sin considerar que al ser la hoy impetrante de tutela trabajadora municipal amparada bajo la Ley General del Trabajo desde el 20 de diciembre de 2012 a través de la Ley 321, no podía ser juzgada como servidora pública, por lo que solicita se le conceda la tutela, y se disponga dejar sin efecto el Auto Inicial de Sumario Administrativo 141/2016, la Resolución Administrativa Sumarial 297/2016, la Resolución Administrativa Sumarial 333/2016 y la Resolución Ejecutiva 171/2017; declarar la nulidad el Memorándum de desvinculación laboral, disponiendo la restitución a su puesto de trabajo; el pago de sueldos devengados y demás derechos sociales; y, se imponga costas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- REVOCAR
- 1)
- i)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre elementos fácticos y jurídicos vulneratorios que no fueron reclamados previamente en la jurisdicción ordinaria o administrativa, y que se constituyen en antecedentes que motivan la acción de amparo constitucional, se configuran como causal de improcedencia ante la inobservancia al principio de subsidiariedad
- III.2.
- vii)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA