La suscrita Magistrada expresa Voto Aclaratorio en los arts. 39.III; 46 en la frase “de manera continua, por una sola vez” y 112 en su párrafo introductorio; de igual forma, expresa Voto Disidente respecto del art. 47.II, de la DCP 0061/2019 de 4 de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa Voto Aclaratorio en los arts. 39.III; 46 en la frase “de manera continua, por una sola vez” y 112 en su párrafo introductorio; de igual forma, expresa Voto Disidente respecto del art. 47.II, de la DCP 0061/2019 de 4 de

Fecha: 04-Sep-2018

DCP 0031/2016 de 11 de abril

Siguiendo esa línea, la DCP 0031/2016 de 11 de abril, también refirió que: “Se deberá tener en cuenta que tal como lo prevé el art. 28 de la LMAD, en caso de los sub alcaldes de los distritos municipales IOC, estos son elegidos mediante sus normas y procedimientos propios, para luego en un acto formal el alcalde los designe o posesione a efectos de fungir como servidor público en calidad de sub alcalde de su respectivo distrito municipal IOC; entendimiento que, deberá ser tomado en cuenta a momento de aplicar la presente disposición; razón por la cual, se declara la compatibilidad con la Constitución Política del Estado, del numeral 7 del artículo en estudio, bajo en citado entendimiento”.