SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2018-S3

Fecha: 10-Sep-2018

II.3.

II.3. Cursa Contrato AL-CM-CE-80/2017 de 1 de diciembre, con el rótulo prestación de servicios eventuales, que en su cláusula primera dispone que son parte de ese documento el Consejo de la Magistratura, representado por Daniela Gonzales Encinas, Encargada Distrital Cochabamba a.i., en adelante se denominaría LA INSTITUCIÓN y por otra Edy Franz Escobar Brañez, quien sería el SIGNATARIO; en la cláusula tercera señaló que el objeto del mismo es la contratación del signatario como “…PROFESIONAL II SUB REGISTRADOR PROVINCIA DERECHOS REALES…” (sic), para desempeñar las funciones en DD.RR. de Shinahota; en la cláusula cuarta estableció que la vigencia del mismo sería a partir del 4 al 31 de diciembre de 2017; y, en la séptima cláusula, señalaron que por la naturaleza del contrato el signatario se consideraba personal provisorio, no teniendo la condición de personal institucionalizado o de carrera (fs. 101 a 102 vta.).