SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

Fragmento 26

La SC 1181/2006-R de 24 de noviembre, entre otras, en el Fundamento Jurídico III.3, estableció que podía admitirse prueba en apelación de las medidas cautelares: “…en virtud al principio de favorabilidad, que informa la aplicación de las medidas cautelares, conforme lo determina el art. 221 del CPP, es posible que la prueba presentada en apelación, pueda ser compulsada y valorada por los vocales que conocen la causa al momento de pronunciar Resolución”.