II.1
II.1 Según Sentencia 24 de 3 de julio de 2018, Juan José Paniagua Cuéllar, Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, declaró probada la demanda de reparación de daño civil interpuesta por Elío y Nelly ambos Mojica Leaños contra Emma Mojica Leaños, debiendo a tal efecto por Secretaría del Juzgado elaborarse la planilla de costas por honorarios profesionales, a cuyo monto debe agregarse el interés legal del 6% anual establecido en el art. 414 del CC, quedando obligada a las resultas, una vez que la referida Sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada (fs. 4 a 7 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2
- III.1. El principio de congruencia
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia”
- i)
- Juez
- Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- admisible e improcedente
- CONFIRMAR
